AHORA EL
HOSPITAL DE SAN JUAN DE DIOS DE CALI CUENTA CON UN COMITÉ DE CONVIVENCIA
LABORAL. ¡CONÓCELO!
¿Qué es el comité de convivencia laboral?
El comité es la reunión
de un grupo de personas que se encargan de tratar temas relacionados con la sana
convivencia en el trabajo.
¿Para que sirve el comité de convivencia laboral?
El comité sirve para
la solución de conflictos de acoso laboral, con un procedimiento interno de
CONFIDENCIALIDAD. Además de esta generalidad el comité tiene las siguientes
funciones:
- Recibir y dar trámite a las quejas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
- Examinar de manera confidencial los casos específicos que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la empresa.
- Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
- Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
- Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
- Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
- En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista: El Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.
¿Qué es el acoso laboral?}
El acoso laboral o
acoso moral en el trabajo, conocido frecuentemente a través del término inglés
mobbing ("asediar, acosar, acorralar en grupo 1”), es tanto la acción de
un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo, terror, desprecio o
desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo, como el efecto o la
enfermedad que produce en el trabajador. Esta persona o grupo de personas
reciben una violencia psicológica injustificada a través de actos negativos y
hostiles dentro o fuera del trabajo por parte de grupos sociales externos, de
sus compañeros ("acoso horizontal", entre iguales), de sus
subalternos (en sentido vertical ascendente) o de sus superiores (en sentido
vertical descendente, también llamado bossing, del inglés boss, jefe). Dicha
violencia psicológica se produce de forma sistemática y recurrente durante un
tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e incluso años, y a la misma en
ocasiones se añaden "accidentes fortuitos" y hasta agresiones
físicas, en los casos más graves.
Lo que se pretende
en último término con este hostigamiento, intimidación o perturbación (o
normalmente la conjugación de todas ellas) es el abandono del trabajo por parte
de la víctima —o víctimas—, la cual es considerada por sus agresores como una molestia
o amenaza para sus intereses personales (necesidad de extorsión, ambición de
poder, de riquezas, posición social, mantenimiento del statu quo, etc.)
¿Quiénes son los integrantes del comité de convivencia
laboral en el hospital?
El comité está conformado
como lo dicta la norma, es decir, con un número igual de representantes del
empleador y de los trabajadores con sus respectivos suplentes, quienes
pertenecerán al comité durante un periodo de dos años. En el caso del Hospital
de San Juan de Dios de Cali los conformantes del comité de convivencia laboral
son dos representantes por parte de la empresa con sus suplentes y dos
representantes por los trabajadores con sus correspondientes suplentes. Este es
el comité:
¿Cómo contactar y exponer posibles casos de acoso
laboral?
Para solicitar
alguna asesoría o estudio de posibles casos de acoso, los trabajadores del
hospital se pueden acercar a los representantes del comité y exponer
verbalmente la situaciones de preocupación. De igual modo pueden contactar con
el comité a través de los “formatos para
denunciar o exponer caso de acoso laboral o presentar sugerencias ante el
comité“ que se encuentran en: 1.)
Ventanilla única. 2.) S.I.A.U. 3.) Dpto. de gestión humana. Una vez
diligenciado puede entregarse a los representantes del comité o depositarlo en
el buzón ubicado frente al dpto. de gestión humana y el dpto. de tesorería.
De igual modo los
casos pueden ser presentados a través del correo electrónico convivencialaboralhsjd@gmail.com. En esta modalidad el remitente debe identificarse
adecuadamente y exponer con claridad el caso a estudiar.
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